“SHADOW TEACHER” EN EL PERÚ: HACIA UN MARCO NORMATIVO DE INCLUSIÓN REAL Y SOSTENIBLE
Guadalupe Montenegro Ruiz
Resumen
El artículo analiza la figura del shadow teacher o maestro sombra en el sistema educativo peruano, resaltando su potencial como herramienta pedagógica para apoyar a estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales (NEE), pero advirtiendo sobre su uso indebido como requisito para la matrícula o permanencia. Se destaca que, a diferencia de países como EE. UU. y España, en el Perú no existe una regulación específica que asigne a las instituciones educativas la responsabilidad de proveer este apoyo, lo que ha derivado en prácticas discriminatorias encubiertas al trasladar los costos a las familias. La Ley N.º 32289, promulgada en 2025, refuerza el marco de protección al prohibir condicionamientos económicos, exigir vacantes inclusivas y fortalecer la fiscalización y la capacitación docente. Asimismo, resoluciones del INDECOPI han establecido que sugerir un shadow es válido solo si está sustentado en una evaluación pedagógica institucional y aceptado voluntariamente, pero imponerlo constituye discriminación. El texto concluye que la inclusión es un derecho exigible y que el shadow debe integrarse como parte de un plan educativo institucional, sin reemplazar obligaciones escolares ni convertirse en barrera económica.
Reseña Del Autor/a
Guadalupe Montenegro Ruiz
Abogada por la Facultad de Derecho de la Universidad San Martin de Porres. Máster en Economía y Consumo, por la Universidad de La Mancha. Asociada Senior y Líder del Área de Protección al Consumidor de TYTL Abogados. Correo de contacto: gmontenegro@tytl.com.pe