HACIA UNA REGULACIÓN DE LOS SQUEEZE-OUT EN EL PERÚ

Carlos Torres Morales

Resumen

La posibilidad de que el socio de control excluya a los minoritarios con el fin de concentrar el cien por ciento de las acciones es analizado en el presente artículo.

Se trata de una figura societaria no regulada en forma expresa en nuestra legislación, pero bastante difundida en la legislación europea, americana y con algunas novedades en nuestro continente.

Existen, sin lugar a dudas, beneficios para el socio de control y perjuicios para el minoritario que se ve obligado a apartarse de la sociedad. Sin embargo, consideramos que son mayores los beneficios, incluso para la propia sociedad, por lo cual proponemos su regulación en nuestra ley general de sociedades bajo determinadas condiciones y mecanismos de “compensación” para el socio minoritario.

Reseña Del Autor/a

Carlos Torres Morales

Abogado por la Universidad de Lima. Magíster en Derecho Empresarial por la misma Universidad. Con estudios de Doctorado por la Universidad de Sevilla, España. Profesor del curso Comercial III en la Universidad de Lima, Socio Principal del Estudio Torres y Torres Lara & Asociados Abogados. Especialista en derecho societario y cooperativo.